El dictamen del Tribunal expresa:
1º - Dar por concluido el partido que disputaban los clubes Textil Mandiyú de Corrientes y Chaco For Ever de Chaco el día 2 de Noviembre de 2008 por el Torneo Argentino B, Zona 8.- (Art. 32 del R.T. P.)
2º - Dar por perdido el partido indicado en el punto anterior al club Chaco For Ever de Chaco.- (Art. 32 y 80 Tercer Apartado del R.T.P.)
3º - Registrar el Resultado de Textil Mandiyú 1 (uno) - Chaco For Ever 0 (cero) (Art. 32 y 152, Primer Apartado del R.T.P.)
4º - Sancionar con multa de cien (100) entradas por cada una de cuatro fechas al club Chaco For Ever de Chaco. (Art. 32, 80 y 80 Letra A, B, C y F del R.T.P).
5º - NOTIFIQUESE y ARCHÍVESE
El dictamen los firmaron: Esc. Carlos E. De Giacomi (presidente del Tribunal de Disciplina del Interior); Dr. Antonio Carbone (Vicepresidente), Dr. Miguel Rossi (Secretario) y los vocales: Dr. Edgardo Luís Moroni, Dr. Roberto Jorge Vidal, Dr. Roberto Tord y el Sr. Juan Guerra.